Normativa que facilita la creación y crecimiento de las empresas y profesionales autónomos en nuestro país.
Entre los principales objetivos se encuentran la obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas y la agilización en la constitución de sociedades.
Normativa que facilita la creación y crecimiento de las empresas y profesionales autónomos en nuestro país.
Entre los principales objetivos se encuentran la obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas y la agilización en la constitución de sociedades.
Es la digitalización de las facturas que las empresas o trabajadores autónomos remiten para cobrar los productos o servicios prestados.
· Igual que la factura tradicional, pero deben emitirse en formato digital.
· Han de estar Firmadas electrónicamente.
· Tiene los mismos efectos legales.
· Consentimiento del destinatario (B2c), esto no pasaba con la factura en papel.
· Tienen que incluir toda la información necesaria.
· Deben garantizar: la legibilidad, la autenticidad y la integridad.
Tipos de factura electrónica:
· Formato no estructurado (PDF)
· Formato estructurado (XML / EDI)
1. Plataforma de facturación
Para emitir y/o recibir facturas electrónicas necesitas disponer de una plataforma de facturación homologada, que las genere en formato digital (archivo XML) y las emita a los puntos generales de entrada de facturas electrónicas.
En Ricopia te ofrecemos B2Brouter y Zerocoma para cubrir esta necesidad con tu facturación electrónica.
2. Gestión de estados de cada Factura Electrónica
Tanto el destinatario como el emisor de las facturas electrónicas deben disponer y proporcionar la información sobre los estados de cada una de las facturas electrónicas (recibida, aceptada o rechazada, previsión de pago, entre otros), algo que no se exige en los procesos de facturación actuales.
En Ricopia te ofrece la solución de gestión de procesos DocuWare para el correcto control y gestión de las facturas.
· Empieza ya a optimizar y automatizar tus procesos de facturación, así cuando se publique el reglamento oficial, la gestión para tu departamento financiero será ágil y sencilla.
· A partir de la publicación del reglamento las empresas de más de 8 millones de euros tendrán 1 año para adaptarse a la ley y reglamento. Las empresas de menos de 8 millones de euros, tendrán 2 años.
· Durante un plazo de cuatro años desde la emisión de las facturas electrónicas, los destinatarios podrán solicitar una copia de la misma, sin coste alguno.
· Evita futuras sanciones de hasta 10.000€. Esperar al último momento, generará un cuello de botella a tu empresa que conllevará sanciones. Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso a sus facturas a las personas que han dejado de ser clientes, recibirán una sanción.
· Actualmente, el Gobierno ofrece el Kit Digital, subvenciones para PYMEs que incluyen los proyectos relacionados con la factura electrónica. Si no dispones del bono, nosotros te ayudamos a tramitarlo.
· Empieza ya a optimizar y automatizar tus procesos de facturación, así cuando se publique el reglamento oficial, la gestión para tu departamento financiero será ágil y sencilla.
· A partir de la publicación del reglamento las empresas de más de 8 millones de euros tendrán 1 año para adaptarse a la ley y reglamento. Las empresas de menos de 8 millones de euros, tendrán 2 años.
· Durante un plazo de cuatro años desde la emisión de las facturas electrónicas, los destinatarios podrán solicitar una copia de la misma, sin coste alguno.
· Evita futuras sanciones de hasta 10.000€. Esperar al último momento, generará un cuello de botella a tu empresa que conllevará sanciones. Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso a sus facturas a las personas que han dejado de ser clientes, recibirán una sanción.
· Actualmente, el Gobierno ofrece el Kit Digital, subvenciones para PYMEs que incluyen los proyectos relacionados con la factura electrónica. Si no dispones del bono, nosotros te ayudamos a tramitarlo.